Pasar al contenido principal

Ministerio de Defensa reglamentará el uso de armas traumáticas en Colombia

Fecha: 13, Sep, 21

El Ministerio de Defensa Nacional tiene listo el decreto que busca prohibir el uso de armas traumáticas en Colombia, el documento indica que son armas de fuego y para su uso solo se hará en casos excepcionales y cumpliendo una serie de requisitos.

Las personas naturales que buscan el uso de estas armas deberán presentar los siguientes requisitos:

-Cédula de ciudadanía
-Certificado de aptitud sicofísica expedido por entidades autorizadas por la Dirección General de Sanidad Militar.
-Certificado de manejo de armas expedido por el Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.
-Una Factura de venta o declaración de importación del arma.

Las personas que prestan un servicio de Vigilancia y Seguridad Privada tendrán que presentar estos documentos:

-Cédula de ciudadanía del representante legal.
-Concepto favorable emitido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
-Factura de venta o declaración de importación del arma.

 

Según el decreto, estos documentos se deben presentar con cita previa en el Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del comando de las Fuerzas Militares o sus seccionales, para dejar sus huellas dactilares y una fotografía en el Sistema de Información de Armas, Municiones y Explosivos.

La documentación será analizada y en 10 días hábiles, después del proceso de solicitud, se evaluará si el ciudadano cumple con los requisitos para el porte de armas traumáticas.  

Para la devolución de este tipo de armas, a partir de la expedición del decreto, las personas cuentan con seis meses para entregarlas, solicitar el marcaje y obtener su permiso de porte del arma, esto para poder tener un censo de estas armas.

Las armas traumáticas son similares a las armas de fuego, la diferencia está en que disparan balas no letales como bolas de goma.  

0 Comentarios
Vivo
Caporal Stéreo 88.7 FM