Corte Constitucional ordena incluir la categoría “no binario” en los documentos de identidad
La Corte Constitucional exhortó al Gobierno y a la Registraduría Nacional del Estado Civil que, en seis meses, dispongan de todo lo necesario para poner en marcha un esquema de identificación que incluya la categoría “no binario” en los marcadores de sexo.
Lo anterior, “de modo que las personas no binarias que cumplan los demás requisitos previstos en relación con la corrección del componente sexo, puedan optar por esa categoría, con las mismas garantías de quienes se identifican oficialmente en forma binaria”.
Igualmente, se dio un plazo de seis meses para modificar el “primer inciso del artículo 2.2.6.12.4.3. del Decreto 1227 de 2015 y las normas que correspondan a su tenor, en el sentido de incluir la categoría “no binario” entre los marcadores de sexo en el esquema de identificación ciudadana”.ç
La decisión advierte, que en si en los seis meses, "la regulación mencionada y su puesta en marcha aún no se hubiere materializado, en cualquier caso, las personas con identidades de género no binarias que cumplan con los demás requisitos para la corrección del componente sexo podrán cambiar ante las autoridades competentes la asignación del género no binario en sus documentos de identidad".
Además, la Corte exhortó "al Congreso de la República para que, en el término de dos años, regule todos aquellos derechos, obligaciones y servicios que encuentran en el sexo o en el género, un criterio de asignación. Lo anterior, con el fin de especificar las condiciones en que la población con identidades de género no binarias accederá a ellos, en forma independiente".
Según el alto tribunal, "la configuración de un nuevo marcador de género es un paso inicial hacia participación social efectiva y que demanda trascender del reconocimiento formal, a la previsión de los derechos, servicios y obligaciones que corresponden a su ser, en la medida en que no en pocas oportunidades el Estado ha adoptado el género como criterio de diferenciación de acceso a los servicios y prestaciones".
"Tal es el caso, entre otras, de las reglas sobre acceso a la pensión de vejez, de la prestación del servicio militar y de la asignación de cupos carcelarios. Existen materias en que el género determina el acceso a ciertos servicios. No obstante, actualmente, se limitan a las clasificaciones masculino y femenino, pues el sistema no contempla las identidades no binarias. En ese sentido se advierte un vacío legal al respecto", dice la decisión.
Fuente: El Tiempo