
Ministerio de Defensa reglamentará el uso de armas traumáticas en Colombia
El Ministerio de Defensa Nacional tiene listo el decreto que busca prohibir el uso de armas traumáticas en Colombia, el documento indica que son armas de fuego y para su uso solo se hará en casos excepcionales y cumpliendo una serie de requisitos.
Las personas naturales que buscan el uso de estas armas deberán presentar los siguientes requisitos:
-Cédula de ciudadanía
-Certificado de aptitud sicofísica expedido por entidades autorizadas por la Dirección General de Sanidad Militar.
-Certificado de manejo de armas expedido por el Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.
-Una Factura de venta o declaración de importación del arma.
Las personas que prestan un servicio de Vigilancia y Seguridad Privada tendrán que presentar estos documentos:
-Cédula de ciudadanía del representante legal.
-Concepto favorable emitido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
-Factura de venta o declaración de importación del arma.
Según el decreto, estos documentos se deben presentar con cita previa en el Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del comando de las Fuerzas Militares o sus seccionales, para dejar sus huellas dactilares y una fotografía en el Sistema de Información de Armas, Municiones y Explosivos.
La documentación será analizada y en 10 días hábiles, después del proceso de solicitud, se evaluará si el ciudadano cumple con los requisitos para el porte de armas traumáticas.
Para la devolución de este tipo de armas, a partir de la expedición del decreto, las personas cuentan con seis meses para entregarlas, solicitar el marcaje y obtener su permiso de porte del arma, esto para poder tener un censo de estas armas.
Las armas traumáticas son similares a las armas de fuego, la diferencia está en que disparan balas no letales como bolas de goma.