
Consejo de Estado frena proceso de referendo derogatorio contra la Empresa Mixta de Alumbrado Público de Paz de Ariporo
La sala de lo contencioso administrativo del Consejo de Estado con fecha 6 de junio de 2024, emitió sentencia de primera instancia a demanda interpuesta por la Empresa Mixta de Alumbrado Público de Paz de Ariporo S. A. S., en la que reclaman sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, al acceso a la administración de justicia y a la libertad de empresa, así como los principios de legalidad, confianza legítima y seguridad jurídica, los cuales consideran conculcados por el Tribunal Administrativo de Casanare y la Registraduría Municipal de Paz de Ariporo.
En dicho pronunciamiento falla lo siguiente:
PRIMERO. Amparar los derechos fundamentales invocados por los representantes legales de la sociedad Servicio Integral de la Costa Caribe e Ingeniería, S. A. S., y de la Empresa Mixta de Alumbrado Público de Paz de Ariporo.
SEGUNDO. Dejar sin efectos la providencia del 2 de noviembre de 2023, proferida por el proferida por el Tribunal Administrativo de Casanare, dentro del expediente 85001 23 33 000 2023 00068 00 (2023-001), y, en su lugar, conceder el término de 15 días para que expida una nueva decisión sobre la constitucionalidad del referendo derogatorio convocado en contra del Acuerdo 500.02-23 del 30 de diciembre del 2022 emitido por el Concejo Municipal de Paz de Ariporo, conforme a los derroteros desarrollados en el presente asunto.
TERCERO. Ordenar a la Registraduría Nacional del Estado Civil del municipio de Paz de Ariporo (Casanare) que suspenda el trámite del referendo RD-2023-07-001-46-680, hasta tanto el Tribunal Administrativo de Casanare se pronuncie nuevamente sobre su constitucionalidad.
CUARTO. En caso de no impugnarse esta providencia, remitir el expediente de tutela a la Corte Constitucional para su eventual revisión.


